Fray Diego de San José podía comer en 1802 carnes saludables, huevos y lacticinios en Cuaresma por el módico óbolo anual de 2 reales

Tengo unos papeles de un fraile llamado Diego de San José, perteneciente a la orden de los trinitarios y ubriqueño, si no me equivoco. De estos papeles, el más interesante es un privilegio que compró a la Comisaría General de la Santa Cruzada en 1802 para poder comer “carnes saludables, huevos y lacticinios” (productos lácteos) durante todo el año a camio del pago de dos míseros reales de vellón. Con esto, Dios estaría contento y el fraile podría llenar la barriga sin quebranto de su conciencia.

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La dispensa la concedía el mismísimo Patricio Martínez de Bustos, comisario general de la Santa Cruzada. La copiaré entera más abajo porque es un documento interesante para constatar cómo entendían la moral los religiosos católicos de aquella época, pero antes diré lo poco que sé de Fray Diego de San José.

Tengo de él una carta firmada en Málaga el 27 de abril de 1887. Se la envía a un hermano de religión llamado Matías de San José que estaría en el convento de Sevilla, a juzgar por lo que se ve en el campo de destinatario de la carta:

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Fray Diego le habla a Fray Matías en términos confianzudos de asuntos domésticos como este referido a unos dátiles (modifico algún signo de puntuación):

(…) tú no entendiste el asunto de los dátiles: unos pocos eran de Estevan, y la mayor parte de este Vic[ari].o, pero todos iban juntos. Escribió el Vico. un papel p[ar].a tu herm[a].no diciéndole q[u].e reciviera aquella corta expresión de su afecto, se la entregó a Estevan p.a q.e la inviara a tu Casa. Este, usando de su genio falso y no bien intencionado, la suprimió, invió una suya y vendió toda la fineza p[o].r suya. Si este Verano viene aquí, se le hablará según su mérito.

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En otro pasaje habla más de comida, lo que unido a los dátiles, las sabrosas carnes, los huevos y los lacticinios hace temer que este servidor de Dios incurriera más de lo habitual en el pecado capital de la gula:

(…) hombre, aquí estoi poco menos q.e los Niños del Limbo. No he querido avistarme con ninguno de los Chinis, q.e antecedentemente conocía, p.rq.e aora llo miro con más tiento, ne forte paremus nobis laqueum. Aunq.e sigo bueno, con todo me voi enjugando de todas las mantecas q.e adquirí en la tierra, o sea p.r el continuo ayuno, o sea p.rq.e los aires desta tierra [Málaga] son resecantes, bien q.e reconosco me es saludable. Apenas siento ya fatiga en el pecho

La expresión latina ne forte paremus nobis laqueum supongo que significa “no sea que nos prepare una trampa”.

La carta contiene cotilleos varios, como una referencia a una mujer de la que Fray Diego dice:

(…) dile al D.n Josef q.e bien se lo decía yo: q.e era maldita; q.e si no queriendo a los hombres hace eso, q.e fuera si los quisiera?

Tengo también unos sermones que quizá escribiera este fraile, pero no lo puedo decir con seguridad porque no están firmados. Sorprende lo poco que se habla en ellos de religión y lo mucho de política de la época.

Según Fernando Sígler Silvera (Limpieza de sangre en Ubrique en el siglo XIX), un vecino de Ubrique alegó como prueba de pureza de sangre el parentesco con “los sacerdotes trinitarios descalzos Francisco Josef de la Natividad y Fray Diego de San José”. Si el primero era de Ubrique, es posible que un sermón que tengo de 1817 titulado de Desagravio del Santísimo Sacramento sea suyo, ya que está firmado “Natividad”, si bien esta coletilla de nombre es bastante común entre los trinitarios. De hecho, Ubrique dio a la orden dos generales que adoptaron ese nombre: Gonzalo de la Natividad (fallecido el 4 de julio de 1776) y Juan de la Natividad (1750-1808, muerto por los franceses).

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El privilegio

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Nuestro Santísimo Padre Pío Séptimo, por su Breve de diez y nueva de Septiembre de mil y ochocientos, cometido a Nos el Comisario General de Cruzada, se dignó confirmar y extender a todos los Dominios del Rey nuestro Señor el privilegio concedido en catorce de Enero de mil setecientos noventa y nueve por N. M. S. P. Pío Sexto, de feliz memoria, para que todos los fieles de ambos sexos, y de uno y otro estado, Secular y Eclesiástico, residentes en estos Reynos e Islas de Canaria, pudiesen comer carnes saludables, huevos y lacticinios (guardando la forma de ayuno) en los días de Quaresma y demás abstinencias del año, a excepción de las que abajo se expresarán; pero declarando por no comprehendidos en este privilegio a los Regulares que estuviesen obligados por voto al uso perpetuo de manjares quadragesimales. Por tanto, y porque vos Fr. Diego de S. Josef habéis contribuido con la limosna de dos reales de vellón que hemos regulado en virtud de la Autoridad Apostólica que por dicho Breve de Nuestro Santísimo Padre Pío Séptimo se nos concede, y recibís este Sumario, os dispensamos para que podáis comer carnes saludables, huevos y lacticinios en los días de Quaresma y demás abstinencias del año próximo de mil ochocientos y dos, exceptuados el Miércoles de Ceniza, los viernes de cada semana de Quaresma, el Miércoles, Jueves, Viernes y Sábado de la Semana Santa o mayor, las Vigilias de la Natividad de Nuestro Señor Jesu-Cristo, de Pentecostés, de la Asunción de la Beatísima Virgen María y las de los Bienaventurados Apóstoles San Pedro y San Pablo, con prevención de que para usar de este privilegio habéis de tener la Bula de la Santa Cruzada, y además, siendo Eclesiásticos, la de Lacticinios, conforme al tenor de nuestro Edicto de 5 de Diciembre de 1799. Dado en Madrid a dos de Mayo de mil ochocientos uno.

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Me documento en la Wikipedia para explicar un poco el contexto de esta pequeña noticia histórica.

El firmante, Patricio Martínez de Bustos fue Comisario General de la Santa Cruzada entre 1792 y 1810, año de su muerte.

La Comisaría General de la Santa Cruzada era un organismo encargado de gestionar los ingresos procedentes de las “Tres Gracias” que el papado había concedido a la corona española desde el siglo XVI para que defendiera la fe católica. Una de ellas era la Bula de la Santa Cruzada, consistente en otorgar privilegios, gracias y hasta indultos a cambio de una aportación económica para luchar contra los infieles, mantener el culto y hacer obras de caridad. Entiendo que uno de estos privilegios era el de comer carne en Cuaresma. La segunda “Gracia” era el subsidio eclesiástico o décima, un impuesto real sobre alquileres y tierras de la Iglesia. La tercera era el excusado, que consistía en que algunos hacendados seleccionados habían de pagar sus diezmos el Rey en vez de la Iglesia. La Comisaría General de Cruzada fue extinguida en 1851.

En cuanto a Patricio Martínez de Bustos, era de familia noble, fue arcediano de Trastámara y dignidad de la iglesia metropolitana de Santiago, pero además de estos cargos religiosos desempeñó otros políticos, llegando a formar parte del consejo de Hacienda. En 1794 fue condecorado con la gran cruz de la orden de Carlos III. Este documento es otro tipo de privilegio otorgado por la Comisaría de la Santa Cruzada en 1810 y firmado también por Martínez de Bustos:

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Trinitarios descalzos

Detrás del documento del privilegio para comer carnes en Cuaresma se lee, tachado: “De la Natividad de la virgen y Concepción”. Abajo: “De Nro. Patriarca y Bto Miguel y todos Stos”.

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Casi con toda seguridad se refiere al trinitario descalzo Miguel de los Santos.

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En la orden de los trinitarios descalzos era bastante común añadir “de San José” al nombre de pila. Uno de los ministros generales más famosos de esta orden fue el lexicógrafo y biógrafo Miguel de San José (1682-1757).

Los trinitarios estuvieron muy comprometidos con la redención de cautivos, es decir, el pago de rescates económicos a ciertos países islámicos para que liberaran a españoles que habían capturado y convertido en esclavos.


J. M. G. V.

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